Comunicado – Implementación de TELETRABAJO para servicios CeCAP

marzo 16, 2020

Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP)

Apartado 0816-07517 Panamá 5, Panamá 

Teléfonos: 207-3423 / 207-3446

Internet: https://www.cecap.com.pa

E-mail: arbitraje@panacamara.org

DIRECCIÓN

COMUNICADO

Atención: Tribunales Arbitrales, Secretarios, Abogados y Público en General:

 Ante la situación de emergencia sanitaria que atraviesa nuestro país, el Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP), en aras de prevenir la propagación del virus COVID19 y con el objetivo de preservar la salud de colaboradores, árbitros, secretarios de tribunales arbitrales, abogados, partes de procesos arbitrales, mediadores y público en general, implementará el TELETRABAJO para la prestación de los Servicios del Centro a partir del 17 de marzo de 2020 y hasta nuevo anuncio.

  1. Consultas sobre nuestros servicios del CeCAP. Nuestros clientes podrán consultar información sobre los servicios a través de nuestra página web: cecap.com.pa o enviar sus consultas a través de nuestro correo electrónico: arbitraje@panacamara.org o +507 6676-5297
  1. Presentación de Nuevos Casos se recibirán vía electrónica a través de la dirección de correo arbitraje@panacamara.org Presentado el caso de arbitraje o mediación el CeCAP cargará los documentos presentados a la plataforma electrónica de CeCAP en Línea, y a cada parte se le asignará un usuario y contraseña para que pueda dar seguimiento electrónico a su trámite.
  2. La consulta de expedientes por las partes, abogados, pasantes, peritos, árbitros, solo se realizará por medio electrónico, utilizando la plataforma de CeCAP en Línea.
  1. La presentación de escritos y documentos de las partes, así como la notificación de resoluciones o comunicaciones referentes a cada proceso sólo se realizará por medio electrónico. Los correos electrónicos deben incluir a todas las partes involucradas o sus abogados, a los árbitros, secretario (a) y a la Secretaría del Centro a la dirección arbitraje@panacamara.org. El CeCAP durante el periodo de teletrabajo creará carpetas especiales dentro de la plataforma CeCAP en Línea para la consulta de los usuarios de cada caso. Una vez se reanude el trabajo en sitio, los documentos y escritos presentados en el periodo de teletrabajo serán impresos únicamente por el CECAP e ingresados al expediente físico y foliados por los Secretarios de los tribunales arbitrales. El CeCAP llevará un estado de cuenta a cada parte de los documentos impresos. No se imprimirán copias para los árbitros ni para la contraparte, ya que estos los recibirán electrónicamente.
  1. Audiencias de casos CeCAP. En cuanto las Audiencias instamos a los tribunales arbitrales a realizarlas a través de Video Conferencias, para lo cual sugerimos la herramienta TEAMS, esta herramienta es muy amigable, ya que permite tener en línea más de 30 participantes (audio y video), así como visualizar documentos o presentaciones de Power Point por todos los participantes, grabar y descargar el video y el audio de la audiencia, entre otras facilidades. El CeCAP será el único administrador de las videoconferencias para reuniones o audiencias del tribunal arbitral y las partes, por lo que los Secretarios de cada tribunal arbitral deberán coordinar con la Secretaría General de Arbitraje la realización de las mismas, a través de La dirección de correo electrónico arbitraje@panacamara.org
  1. La presentación de facturas o recibos por honorarios o servicios deberán ser presentadas de forma electrónica a la dirección arbitraje@panacamara.org

El CeCAP les agradece la colaboración en el cumplimiento de estas medidas.

Dado en la ciudad de Panamá, el día dieciséis (16) de marzo de dos mil veinte (2020).-

Licenciada Liliana Sánchez O.

Directora

 

CComunicado Teletrabajo CeCAP- Dirección

Last modified: 10 de julio de 2020